CD.DE MÉXICO: Por acoso niega CJF ratificación a magistrado
Miguel Ángel Ramos Pérez cuenta en su expediente con una sanción que se le dictó por haber hostigado laboralmente a una de sus subordinadas, que se negó a sostener una relación sentimental con él
Nacionales
- 2011-05-25
El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) decidió no ratificar en su cargo al magistrado Miguel Ángel Ramos Pérez, por tener en su expediente con una sanción que se le impuso por haber hostigado laboralmente a una de sus subordinadas que se negó a sostener una relación sentimental con él.
"Durante su desempeño como impartidor de justicia no se ajustó a los principios de excelencia y profesionalismo que exige la Constitución", destacó el CJF al informar su decisión sobre el juzgador, quien ya fue separado de su cargo.
En un comunicado, precisó que los juzgadores federales (magistrados de circuito y jueces de distrito) son nombrados y adscritos por el Consejo, de acuerdo con las disposiciones de lo artículos 97 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que rigen la carrera judicial.
Con base en estas disposiciones el Consejo tiene, entre otras obligaciones, la de revisar el desempeño de los juzgadores una vez que cumplen seis años en su cargo, para determinar si los ratifica o no.
En el caso de Ramos Pérez, el Pleno del Consejo, de manera unánime, decidió que la conducta en que incurrió (y por la que en el 2006 fue suspendido seis meses sin goce de sueldo) le impide seguir desempeñándose como juzgador federal, por lo que a partir del 24 de mayo fue separado de su cargo.
Ramos Pérez se desempeñaba como magistrado de Circuito, integrante del Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, con residencia en Toluca, Estado de México.
"En opinión del Consejo la delicada función que tienen encomendada los juzgadores no puede cumplirse, adecuadamente, por funcionarios que no respetan al personal bajo su mando y que los acosan para tener relaciones distintas a las laborales".
A partir de este caso, el Consejo determinó que quienes incurren en este tipo de conductas no sólo afectan a quienes son objeto de las mismas, sino también a la sociedad.
"Quienes se aprovechan de una situación de jerarquía y con un deseo sentimental denigran, humillan y someten a sus subalternos, causan una afectación que trasciende a las instituciones, sobre todo en el caso del Poder Judicial de la Federación en el que recae la delicada tarea de impartir justicia ", puntualizó la institución.
A los juzgadores, agregó, no sólo se les debe exigir una preparación y conocimiento que permita resolver los conflictos que son sometidos a su potestad, sino que sean confiables y se conduzcan tanto en el ámbito público como en el privado, con decoro, probidad, honradez, sencillez y profesionalismo, destacó.
Los justiciables y quienes laboran a sus órdenes tengan la certeza de que los impartidores de justicia están ajenos a pasiones, vicios o inclinaciones que puedan influir en su desempeño y en su juicio.
Para lograr su ratificación, los juzgadores deben cumplir con los principios de profesionalismo y excelencia que marca la Constitución, "y estos principios se dañan en definitiva cuando acosan laboralmente a un subordinado que se niega a mantener un vínculo sentimental con ellos", sostuvo el CJF.